Divorcio por violencia familiar.
- Folio: 306/13-2014, S.C
- Autoridad: Juez de primera instancia de los Juzgados Familiares del Poder Judicial de Campeche: se omite el nombre, Magistrada de Segunda Instancia del Tribunal Superior de Justicia de Campeche: Etna Arceo Baranda
- Instancia: No aplica, pues es un auto de inicio en primera instancia el que fue apelado.
- Materia: Familiar
- Derechos: Derecho a una vida libre de violencia, derecho acceso a la justicia,derecho a la igualdad , no discriminación, derecho a la protección a la vida y la integridad física, psícica y moral.
Contextos y hechos
Se trata de una señora del estado de Campeche, México, que promueve un Juicio Ordinario Civil argumentando violencia por parte de su cónyuge. Al admitir la demanda en auto de fecha siete de enero del 2014, la jueza de primera instancia con fundamento en lo dispuesto en el artículo 298 del Código sustantivo de Campeche , en concatenación con los artículos 27 fracción I, 20 fracción II y 31 de la Ley de Acceso a una vida libre de violencia dictó una serie de medidas para salvaguardar la vida de la actora y sus hijos, entre las que destacan: a) la separación del domicilio conyugal por parte del demandado en Juicio, b) la prohibición de acercarse a la actora y sus hijos a una longitud de 200 metros del domicilio, lugar de trabajo, o cualquier otra que frecuente la actora y sus hijos c) la prohibición de reingresar al domicilio conyugal y d) prohibición de intimidar en su entorno social a la víctima y sus hijos. Dicho auto fue apelado por el asesor jurídico del demandado, argumentando que la Jueza de Primera Instancia estaba violando el artículo 1° de la Constitución en virtud de no aplicar correctamente el principio de igualdad entre hombres y mujeres, así como, violación a los artículos 14, 16, 17,94 y 133 de la Constitución por no respetar la garantía de audiencia, debido proceso y legalidad en protección de la propiedad del demandado. El Tribunal de apelación resolvió confirmando el auto apelado, realizando el control difuso de convencionalidad e interpretando la norma nacional conforme a la internacional para la mayor protección de la actora víctima de violencia.
Resolución
El Tribunal de Apelación resuelve calificando de infundados los agravios vertidos por el demandado de primera instancia, y ordena que se devuelvan los autos a la Jueza de Primera Instancia para la substanciación de Juicio natural.