Violación sexual
- Folio: Crim 2891
- Autoridad: Lord JUSTICE ROSE y MRS JUSTICE HALLETT
- Instancia: La Corte Suprema de la Judicatura, Corte de Apelación en su división criminal.
- Materia: Penal
- Derechos: Derecho a una vida libre de violencia, derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral, derecho a la igualdad.
Contextos y hechos
El juez ponente hace una argumentación que parte del reconocimiento de la violación como un delito grave y punible por el Estado; asimismo hace una referencia a casos anteriores que retoman conceptos amplios de violación, tipos de violación, el comportamiento de la víctima, entre otros. También hace un análisis de lo que llama, las tres dimensiones de la ofensa, que son factores a considerar cuando se juzgan casos de violación: 1) el grado de daño sufrido por la víctima, 2) el nivel de culpabilidad del agresor, y 3) el nivel de posible riesgo que puede implicar el agresor para la sociedad. En términos generales, los argumentos sobre los agresores, señalan que existían antecedentes de delitos sexuales, que no presentan mala conducta y que mostraron arrepentimiento.
Descripción de la instancia
La Corte Suprema de la Judicatura, Corte de Apelación en su división criminal (Supreme Court of Judicature Court of Appeal Crimnal Division) se pronunció en torno a la solicitud de revisión de tres casos de violación promovido por el Panel de asesoramiento en la condena (Sentencing Advisory Panel SAP). Los tres casos de violación, sucedieron en diferentes momentos, sin embargo la sentencia para cada uno es similar.
Resolución
La Corte se pronunció en torno a cada uno de los casos de la siguiente manera: Caso número uno: se desechó la apelación considerando que los hechos que constituyeron el delito implicaban diversas agravantes de las señaladas en los criterios referidos en el análisis de la Corte; Caso número dos: la Corte decidió disminuir la sentencia de siete a cuatro años en consideración a la buena conducta y muestra de arrepentimiento del agresor, y Caso número 3: se disminuyó la sentencia de cinco a cuatro años con base en la buena conducta y muestras de arrepentimiento del agresor.